Quedarse «un rato más» se convierte con facilidad en costumbre, y la costumbre en horas que nadie paga. Es uno de los problemas laborales más extendidos y también uno de los que menos se reclaman, casi siempre por la misma razón: el trabajador no sabe cómo demostrarlo.
Reclamar las horas extra no pagadas es posible, pero exige preparación. En 2026 el Tribunal Supremo ha precisado qué tiene que probar cada parte, y eso cambia la forma de plantear la reclamación. Te explicamos qué dice la ley, qué pruebas funcionan y cómo reclamar sin perder dinero por el camino.
Qué dice la ley sobre las horas extra no pagadas
Son horas extraordinarias las que se trabajan por encima de la jornada ordinaria fijada en el contrato o en el convenio. El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores establece las reglas básicas:
- Se compensan con dinero o con descanso, según lo que diga el convenio o el contrato. Si se pagan, nunca por debajo del valor de la hora ordinaria. Si no hay pacto, se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.
- Hay un máximo de 80 al año, sin contar las compensadas con descanso. Superarlo es una infracción de la empresa, pero no te quita el derecho a cobrar las horas que hayas trabajado.
- Son voluntarias salvo que el convenio o el contrato las hagan obligatorias.
- En el contrato a tiempo parcial no puede haber horas extra, salvo por fuerza mayor. Si trabajas más de lo pactado en un contrato parcial, puede haber un fraude que va más allá de las horas: conviene revisarlo.
Además, desde 2019 todas las empresas están obligadas a llevar un registro de jornada diario con la hora de entrada y de salida de cada trabajador (artículo 34.9). Deben conservarlo durante cuatro años y tenerlo a disposición de la plantilla, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo. Existe un proyecto de Real Decreto para que ese registro sea obligatoriamente digital, pero hoy sigue en tramitación: lo que ya es obligatorio es el registro en sí.
Quién tiene que probar qué
La sentencia 372/2026 del Tribunal Supremo, de 15 de abril, fijó cómo se reparte la prueba cuando se reclaman horas extraordinarias. Hay tres escenarios:
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Situación |
Qué ocurre |
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Hay un registro fiable |
Lo que dice el registro se presume cierto. Si crees que no refleja la realidad, tienes que aportar pruebas que lo desmientan. |
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Horario variable y sin registro |
Es la empresa la que tiene que acreditar la jornada realmente trabajada. Si no lo hace, puede darse por buena la jornada que tú detalles. |
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Horario fijo y sin registro |
Tienes que aportar indicios de que trabajabas más allá de tu horario. Con esos indicios, la carga pasa a la empresa. |
En todos los casos hay una exigencia común: tienes que concretar qué horas reclamas, día a día o semana a semana, con una precisión razonable. Una reclamación genérica de «muchas horas de más» no prospera, aunque la empresa no lleve el registro.
Cómo demostrar horas extra: las pruebas que funcionan
La prueba es libre, y lo que mejor funciona es combinar varias fuentes. Estas son las más útiles:
- El propio registro de jornada. Pide por escrito una copia de tus fichajes. Si la empresa se niega o el registro no refleja lo que trabajas, eso mismo es un indicio a tu favor.
- Correos, mensajes y accesos. Emails enviados fuera de tu horario, mensajes de tu responsable pidiéndote que te quedes, conexiones al sistema informático o el control de acceso al edificio.
- Cuadrantes y planillas de turnos, partes de trabajo o albaranes firmados con hora.
- Testigos. Compañeros, clientes o proveedores que puedan confirmar tus horarios.
- Tu propio registro. Una tabla diaria con hora de entrada, hora de salida y tareas realizadas, anotada en el momento y no reconstruida meses después.
El truco del selfie
Es un recurso sencillo que recomendamos a menudo. Hazte una foto al llegar y otra al salir del trabajo en un lugar reconocible, como la fachada, el rótulo de la empresa o tu puesto, y envíatela por correo electrónico o a un familiar por WhatsApp. La foto guarda en sus datos la fecha, la hora y, si lo activas, la ubicación; el envío deja un segundo rastro con fecha que no depende de ti.
Por sí sola no demuestra todo, pero hecha de forma constante durante semanas construye justo el panorama de indicios que exige el Supremo cuando tienes un horario fijo. Dos precauciones: que no aparezcan compañeros ni clientes en la imagen y que no captes documentos o información confidencial de la empresa.
Con todas estas pruebas, la reclamación de horas extra no pagadas deja de ser tu palabra contra la de la empresa.
Cómo reclamar horas extra paso a paso
- Calcula lo que te deben. El valor de la hora ordinaria se obtiene dividiendo tu salario bruto anual entre la jornada anual de tu convenio. Multiplica ese valor por las horas reclamadas, salvo que el convenio fije un precio superior para las extraordinarias.
- Reclama por escrito a la empresa. No es obligatorio, pero a veces basta para que paguen, y deja constancia de la fecha.
- Papeleta de conciliación. Es el paso previo obligatorio antes de demandar. En Albacete se presenta ante el SMAC de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Demanda de reclamación de cantidad ante la jurisdicción social, si no hay acuerdo.
También puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. La Inspección puede comprobar el registro de jornada y sancionar a la empresa, pero no te paga las horas: para cobrarlas necesitas la vía judicial.
El plazo: un año
Las cantidades salariales prescriben al año, contado desde el momento en que debieron pagarse, según el artículo 59 del Estatuto. En la práctica, cada mes que pasa pierdes la posibilidad de reclamar las horas extra no pagadas de hace más de doce meses. La papeleta de conciliación interrumpe ese plazo.
Si la empresa te paga con retraso, tienes derecho además a un interés del 10 % anual sobre las cantidades adeudadas.
Preguntas frecuentes
¿Puede la empresa despedirme por reclamar?
No debería, y si lo hace como represalia, el despido puede declararse nulo por vulnerar tu derecho a la tutela judicial. Guarda prueba de la fecha en que reclamaste. Y si la presión para alargar tu jornada viene acompañada de amenazas o un trato humillante, puede tratarse de acoso laboral.
¿Puedo reclamar si ya no trabajo en la empresa?
Sí, dentro del plazo de un año desde que debió pagarse cada mensualidad. Muchas reclamaciones se presentan precisamente al salir de la empresa.
¿Un plus en la nómina puede compensar las horas extra?
Solo si el convenio o el contrato lo establecen claramente y su importe cubre las horas realizadas. Un plus genérico no basta para dar por pagadas todas las horas que trabajas de más.
Te ayudamos a reclamarlas
Las reclamaciones de horas extra no pagadas se ganan con una buena preparación: saber qué tipo de horario tienes, qué pruebas aportar y cómo cuantificarlas. Si llevas tiempo trabajando más de lo que cobras, tráenos tus nóminas, tu contrato y lo que hayas podido reunir.
En Pacheco Gabaldón Abogados revisamos tu caso y calculamos lo que te deben. Puedes ver todos nuestros servicios de derecho laboral en Albacete.




